De acuerdo con lo establecido en el articulo 3 de la ley 1150 de 2007 , las Empresas Comerciales e Industriales no están obligados a publicar la contracción en el SECOP , por cuanto no están sometidas al Estado general de la Contratación Circular externa No 020 de 2015 expedida por Colombia Compra Eficiente , Administradora del SECOP
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